| EDITORIAL - LA SOCIEDAD CIVIL SE MOVILIZA. |
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EDITORIAL(16 de octubre de 2008) LA SOCIEDAD CIVIL SE MOVILIZA.A LA CALLE QUE YA ES HORA. Dos actos en los próximos días acreditan que la sociedad civil española da señales de existencia. El próximo día 19 en La Coruña la asociación «Mesa por la Libertad Lingüística» (http://libertadlinguistica.com/) convoca una manifestación con el lema « POR LA LIBERTAD DE LENGUA, NO A LA IMPOSICIÓN». Por su parte, la Fundación para la Defensa de la Nación Española (http://www.nacionespanola.org/) convoca para el 25 de octubre un acto en Madrid bajo el lema «El español en España». Ambos actos tiene como objetivo denunciar, analizar y articular soluciones para el gravísimo problema de falta de libertad lingüística en España. Tras treinta años de democracia los dos grandes partidos nacionales han sido incapaces de garantizar la libertad de lengua de la que disfrutan los ciudadanos en cualquier país democrático. La realidad de la falta de libertad es absolutamente innegable: la lengua de la mayoría de los ciudadanos españoles en nuestras comunidades con más de una lengua ha sido totalmente excluida de la vida oficial. No sólo eso; no sólo los poderes públicos impiden que nuestros hijos se eduquen en castellano, la lengua oficial del Estado, sino que incluso se nos impone el uso de las lenguas autonómicas bajo coacción. La Constitución de la Segunda República garantizaba la libertad de lengua en las escuelas de manera eficaz: Art. 50 «Las regiones autónomas podrán organizar la enseñanza en sus lenguas respectivas, de acuerdo con las facultades que se concedan en sus Estatutos. Es obligatorio el estudio de la lengua castellana, y ésta se usara también como instrumento de enseñanza en todos los centros de instrucción primaria y secundaria de las regiones autónomas. El Estado podrá mantener o crear en ellas instituciones docentes de todos los grados en el idioma oficial de la República.» Ciertamente la libertad de la lengua aparece enunciada específicamente en un número escaso de Constituciones, pero pese a ello la libertad de la lengua es incuestionablemente un principio superior de todo Estado de Derecho. Y su encaje se encuentra en la libertad de expresión. Esta solución es jurídicamente valida en nuestra Constitución, pues la lengua es, en definitiva, un código de comunicación de «los pensamientos, ideas y opiniones», a que se refiere el artículo 20 CE cuando enuncia dentro de ella la expresión por medio de «la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción». La libertad de expresión comprende, en efecto, tanto el contenido como los códigos de exteriorización de dichos contenidos. Esta integración de la libertad de la lengua en la libertad de expresión es la solución seguida en el derecho extranjero de aquellos países (Francia, Canadá, etc.) en los que la Constitución, al igual que ocurre en España, no enuncian específicamente dicha libertad. Algunas decisiones jurisprudenciales así lo han consagrado: el Tribunal Supremo de Canadá (asunto La Chaussure Brown’s) y el Comité de Derechos Humanos en su dictamen emitido a tenor del párrafo 4 del artículo 5 del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Comunicación No. 385/1989: Canadá. 05/05/93. CCPR/C/47/D/385/1989. (Jurisprudence)). Si los partidos políticos, si el Estado es incapaz de garantizar una libertad tan básica, los ciudadanos estamos obligados –si queremos ser ciudadanos de pleno derecho– a movilizarnos para alcanzar las condiciones de la libertad. Nuestra dignidad está en juego. A la calle que ya es hora.. |
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